Cód. Inc. P.R. sec. 2041.02

Sección 2041.02. Aseguradores Internacionales Planes de Activos Segregados y Compañías Tenedoras de Aseguradores Internacionales

Year: 2019Length: 107 wordsOfficial source
Un Asegurador Internacional, Plan de Activos Segregados, o Compañía Tenedora del Asegurador Internacional se considerará como Negocio Elegible para acogerse a los beneficios de este Capítulo siempre que se trate de cualquier Entidad que esté incorporada u organizada conforme a las leyes de Puerto Rico, de los Estados Unidos o de un país extranjero, o una unidad Rev. 16 de julio de 2026 www.ogp.pr.gov Página 98 de 290 “Código de Incentivos de Puerto Rico” [Ley 60-2019, según enmendada] de tal Entidad, autorizada para hacer negocios en Puerto Rico, si cumple con las disposiciones del Subcapítulo D de este Capítulo y del Capítulo 61 del Código de Seguros.
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