Cód. Rent. Int. P.R. sec. 1113.13

Sección 1113.13. Tratamiento de Ciertas Distribuciones

Last amended: 2011Year: 2011Length: 135 wordsOfficial source
(a) Tributación de los Miembros Ordinarios, Extraordinarios o Corporativos de las Utilidades y Beneficios Acumulados durante Años Contributivos en que la Corporación no era una Corporación Especial Propiedad de Trabajadores. — Cualquier distribución hecha por una Corporación Especial Propiedad de Trabajadores a los miembros ordinarios, extraordinarios o corporativos de utilidades y beneficios acumulados durante los años en que la corporación no era una corporación especial, incluyendo las utilidades y beneficios provenientes de reorganizaciones con personas que no son corporaciones especiales, estará sujeta a las disposiciones de este Subtítulo sin considerar este Subcapítulo. (b) Origen de las Distribuciones. — En los casos en que la corporación especial tenga utilidades y beneficios acumulados descritos en el apartado (a), la Junta de Directores de la corporación especial determinará el origen de la distribución o avisos de crédito efectuados.
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