Cód. Inc. P.R. sec. 2093.01
Sección 2093.01. Requisitos para las Solicitudes de Decretos
(a) Cualquier persona que ha establecido o propone establecer un Negocio Elegible en Puerto Rico bajo este Capítulo, podrá solicitar los beneficios de este Capítulo mediante la presentación de una solicitud ante el Secretario del DDEC, conforme a lo dispuesto en el Subtítulo F de este Código. (b) Cualquier persona podrá solicitar los beneficios de este Código siempre y cuando cumpla con los requisitos de elegibilidad del Subcapítulo A de este Capítulo, y con cualquier otro criterio que el Secretario del DDEC establezca, mediante el Reglamento de Incentivos, orden administrativa, carta circular o cualquier otro comunicado de carácter general, incluyendo como criterio de evaluación la aportación que el Negocio Elegible hará al desarrollo económico de Puerto Rico.