Ley 110-1962 art. 13
Artículo 13. Constitucionalidad
Si cualquiera de los artículos de esta Ley o parte de los mismos fuese declarado inconstitucional, o su aplicación a cualquier persona o circunstancia se considerase nula, la constitucionalidad del resto de la ley y su aplicación a otras personas y circunstancias no será afectada. Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 8 de 9 “Ley de Alimentos Comerciales para Animales Domésticos de Puerto Rico” [Ley 110 de 28 de junio de 1962, según enmendada]