Ley 115-1976 art. 21
Artículo 21.
Se transfiere a la Junta Examinadora de Peritos Electricistas creada en virtud de la presente ley, todas las propiedades, archivos, récord y documentos personales relacionadas con los peritos electricistas que estén en poder de la Junta Examinadora de Operadores de Máquinas Cinematográficas y Peritos Electricistas. Rev. 17 de julio de 2024 www.ogp.pr.gov Página 12 de 15 Ley de la Junta Examinadora de Peritos Electricistas [Ley 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada]