Ley 120-2020 art. 14
Artículo 14. Reglamentación
El DTOP y el Departamento de Hacienda establecerán la reglamentación necesaria para la implementación de las disposiciones de esta Ley que le son aplicables dentro de un periodo de noventa (90) días. Además, los Municipios quedan facultados para establecer la reglamentación correspondiente según estos lo estimen pertinente y necesario. Junto a la aprobación de la reglamentación necesaria, cada Municipio deberá notificar al DTOP y al Departamento de Hacienda su intención de hacer extensivas las disposiciones de esta Ley dentro de su jurisdicción.