Ley 121-2005 sec. 1
Sección 1.
Se crea la categoría de maestro de adulto y se autoriza al Secretario del Departamento de Educación a expedir certificados de maestros de adultos, de conformidad a los procedimientos dispuestos en la Ley Núm. 94 de 21 de junio de 1955, según enmendada, y su reglamentación derivada. Rev. 06 de noviembre de 2020 www.ogp.pr.gov Página 1 de 3 Ley para Crear la Certificación de Maestro de Adultos [Ley 121-2005]