Ley 123-2020 art. 11

Artículo 11. Reglamentación

Year: 2020Length: 86 wordsOfficial source
La Junta adoptará la reglamentación necesaria para el uso de los fondos para el programa piloto que se establece en esta Ley, y los requisitos de elegibilidad para participar del Programa Piloto, dentro de un término de ciento ochenta (180) días luego de su aprobación. Del mismo modo, las universidades públicas y privadas deberán enmendar cualquier reglamento, normativa o disposición de similar naturaleza para implantar las disposiciones de la presente Ley, dentro del mismo término de ciento ochenta (180) días de la aprobación de la misma.
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