Ley 123-2020 art. 10

Artículo 10. Venta de Tiempo y Espacio para Pautas Se autoriza a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a establecer un programa de venta de tiempo y espacio para pautas en medios de difusión en todas las Entidades

Year: 2020Length: 275 wordsOfficial source
Gubernamentales. Los medios de difusión serán ubicados en los vestíbulos, salas de espera o lugares de similar naturaleza accesible al público en general que aguarda para recibir servicios en las entidades. La Oficina de Gerencia y Presupuesto establecerá los derechos a cobrarse por el tiempo y espacio a venderse tomando en consideración el volumen de público que reciben las entidades gubernamentales, el tiempo que estarán expuestos a las pautas, los precios del mercado y cualquier otro criterio aplicable. Se prohíbe la difusión de anuncios para promover cualquier candidatura a puesto electivo o de corte político partidista. Para propósito de este Artículo, las siguientes frases y palabras tendrán los significados que se establecen a continuación: 1. Entidades Gubernamentales: toda agencia, instrumentalidad, corporación pública de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico. 2. Medios de Difusión: televisiones, monitores, proyectores o cualquier otro medio de similar naturaleza. Rev. 28 de septiembre de 2020 www.ogp.pr.gov Página 6 de 8 “Ley de Incentivos para Estudiantes en Instituciones Postsecundarias que provienen de Hogares Temporeros o de Hogares de Grupo” [Ley 123-2020] Cualquiera de las ramas de gobierno o sus instrumentalidades que determinen pautar anuncios deberán invertir al menos cinco (5) por ciento de las partidas asignadas a estos fines comprando tiempo y espacio en el programa establecido en este Artículo. Los ingresos generados por concepto del programa autorizado en este Artículo ingresarán al “Fondo Permanente de Ayudas Económicas y Becas a Estudiantes Postsecundarios” para cumplir con los propósitos de esta Ley. No obstante, se autoriza a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a retener hasta un cinco por ciento (5%) de los fondos para sufragar los gastos administrativos del programa.
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