Ley 123-2020 art. 9
Artículo 9. Fondos para el Programa Piloto
Los fondos necesarios para lograr los objetivos de la presente Ley provendrán del “Fondo Permanente de Ayudas Económicas y Becas a Estudiantes Postsecundarios”, bajo la custodia de la Junta, según las disposiciones de la Ley 212-2018, según enmendada.