Ley 129-1993 art. 5

Artículo 5. Requisitos para ser Miembro

Year: 1993Length: 63 wordsOfficial source
Serán miembros del Colegio las personas a quienes la Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico le expida una licencia para ejercer la optometría en Puerto Rico conforme lo dispuesto en la Ley Núm. 80 de 26 de junio de 1964, según enmendada [Nota: Derogada y sustituida por la Ley 246- 1999], y que cumplan con los deberes que le impone esta Ley.
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