US lawPuerto RicoStatutesLey del Colegio de Diseñadores—Decoradores de InterioresLey del Colegio de Diseñadores—Decorador9Ley 131-1976 sec. 9Sección 9.Last amended: 1976Year: 1976Length: 27 wordsOfficial source El Colegio queda autorizado para fijar la cuota anual que deberán pagar sus miembros, la cual deberá aprobarse por mayoría del quórum reglamentario por una Asamblea General.PreviousLey 131-1976 sec. 8NextLey 131-1976 sec. 10