Ley 135-2020 art. 50
Artículo 50.
Toda Ley en la que aparezca o se haga referencia al Negociado de Ciencias Forenses del Departamento de Seguridad Pública o al Comisionado del Negociado de Ciencias Forenses se entenderá enmendada a los efectos de ser sustituidas por el Instituto de Ciencias Forenses.