Ley 139-2019 art. 6

Artículo 6. Inmunidad

Year: 2019Length: 69 wordsOfficial source
No incurrirá en responsabilidad civil el profesional autorizado o la institución que ofreció tratamiento a un menor de edad cuando haya cumplido con los requisitos esbozados en esta Ley y cuente con el documento válido de consentimiento por representación. Esto aplicará únicamente al ofrecimiento del tratamiento y/o atención médica, no a las acciones u omisiones negligentes que pudiera incurrir el profesional de la salud en la administración del tratamiento.
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