Ley 151-1968 sec. 1.12

Sección 1.12. Acciones contra aseguradores

Year: 1968Length: 81 wordsOfficial source
El perjudicado en cualquier acción de daños y perjuicios que surja bajo las disposiciones de esta ley contra un asegurado podrá demandar al asegurador separadamente, o conjuntamente con el asegurado. La acción contra el asegurador estará sujeta a los límites de responsabilidad y a las condiciones del contrato de seguro incluso cualquier condición que haga responsable al asegurador irrespectivamente de la responsabilidad legal del asegurado. El asegurador podrá levantar contra el perjudicado las defensas que el asegurador tuviere contra el asegurado.
Ley 151-1968 sec. 1.12: Sección 1.12. Acciones contra aseguradores | Justis AI