Ley 163-2016 art. 41
Artículo 41. Divulgación
Reconociendo que el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tiene la responsabilidad de informar a los ciudadanos acerca de los asuntos de interés público, el Departamento estará autorizado a educar e informar a la ciudadanía sobre los efectos de esta Ley.