Ley 173-1988 art. 8

Artículo 8. Actas y archivos

Last amended: 1988Year: 1988Length: 50 wordsOfficial source
La Junta llevará un libro de actas de todas las incidencias de sus reuniones, sus procedimientos, decisiones y resoluciones. Asimismo, organizará sus archivos de forma tal que se conserven de acuerdo a la Ley Núm. 5 de 8 de diciembre de 1955, según enmendada, todos sus documentos, expedientes y cuentas.
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