Ley 17-2017 art. 9

Artículo 9. Uso de la marca

Last amended: 2017Year: 2017Length: 63 wordsOfficial source
La marca y el logo que se desarrollen no podrán ser modificados sin el consentimiento expreso, escrito de la Corporación. No obstante, el Gobierno de Puerto Rico, sus municipios, instrumentalidades, corporaciones y agencias podrán y deberán utilizar la marca y el logo desarrollado, sin costo, para todo fin que sea consistente con lo dispuesto en esta Ley y en el Contrato de OMD.
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