Ley 18-1980 art. 4

Artículo 4.

Year: 1980Length: 60 wordsOfficial source
Por la presente se ratifican y convalidan los pagos que haya efectuado el Municipio de San Juan o cualquiera de los departamentos, instrumentalidades, agencias, corporaciones públicas, subsidiarias de éstas y subdivisiones políticas del Gobierno de Puerto Rico por servicios adicionales que se hayan prestado a estos, en la forma prevista en los Artículos 1, 2 y 3 de esta ley.
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