Ley 195-2014 art. 1
Artículo 1. [1 L.P.R.A
§ 584 Inciso (a)] Se instituye el galardón denominado como “MEDALLA A LAS ARTES JACOBO MORALES”, con el propósito de reconocer a los hombres y mujeres, quienes con su excelencia en el quehacer de las artes, especializadas en la cinematografía, radio, televisión, teatro, actuación, dramaturgia, y/o escritura creativa, nos han honrado y distinguido como pueblo.