US lawPuerto RicoStatutesLey de la Autoridad de Transporte Marítimo de Puerto Rico y las Islas MunicipioLey de la Autoridad de Transporte Maríti15Ley 1-2000 art. 15Artículo 15. ExclusionesYear: 2000Length: 24 wordsOfficial source Los servicios de transportación por lanchas que preste el Departamento en el lago Dos Bocas, están específicamente excluidos de la jurisdicción de la Autoridad.PreviousLey 1-2000 art. 14NextLey 1-2000 art. 16