Ley 201-2003 art. 9.001
Artículo 9.001. Asignación de fondos
Se asigna la cantidad de nueve millones quinientos mil dólares ($9,500,000), de fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, para cumplir con los fines inmediatos y propósitos de la Ley de la Judicatura de 2003. Rev. 21 de mayo de 2026 www.ogp.pr.gov Página 23 de 24 “Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003” [Ley 201-2003, según enmendada]