Ley 205-2004 art. 48
Artículo 48. Creación. Director
Se crea la Oficina de Asuntos del Contralor en el Departamento, la cual funcionará bajo la supervisión general del Secretario y la dirección inmediata de un Director designado por el Secretario. El Director será un fiscal o un abogado con designación de fiscal especial y contará con un mínimo de seis (6) años de experiencia en el ejercicio de la profesión de abogado, preferiblemente en el área de Derecho Penal o la litigación criminal. El Secretario nombrará para que presten Rev. 18 de marzo de 2026 www.ogp.pr.gov Página 24 de 42 “Ley Orgánica del Departamento de Justicia” [Ley 205-2004, según enmendada] servicios en esta Oficina a fiscales y abogados con designación de fiscales especiales, quienes tendrán todas las atribuciones y facultades de un fiscal.