Ley 205-2004 art. 5

Artículo 5. Transacciones o acuerdos

Year: 2004Length: 70 wordsOfficial source
Cuando el Secretario ejerza la representación legal de las agencias, municipios y de los empleados, ex empleados, funcionarios o ex funcionarios del Gobierno de Puerto Rico o de los intereses del Estado o del pueblo de Puerto Rico, no podrá efectuarse transacción, acuerdo, estipulación o convenio alguno relacionado con la materia objeto de la acción legal pendiente sin el consentimiento previo del Secretario o del funcionario en quien éste delegue.
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