Ley 205-2004 art. 7

Artículo 7. Publicación

Year: 2004Length: 145 wordsOfficial source
El Secretario publicará, por medio de la página electrónica del Departamento, un listado y el contenido íntegro de las opiniones que emita relacionadas con alguna cuestión de política Rev. 18 de marzo de 2026 www.ogp.pr.gov Página 7 de 42 “Ley Orgánica del Departamento de Justicia” [Ley 205-2004, según enmendada] pública y aquéllas que estime de interés general, para el fácil acceso y uso de los funcionarios y del público en general. Se autoriza al Secretario a imprimir, enviar e intercambiar las opiniones publicadas con el Gobierno Federal y los gobiernos estatales de los Estados Unidos, y con gobiernos extranjeros, así como con las organizaciones e instituciones públicas o privadas que tengan publicaciones de interés general. También podrá vender los volúmenes de las opiniones mediante las normas que adopte a estos efectos. El producto de la venta ingresará en el Fondo Especial creado por esta Ley.
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