Ley 205-2004 art. 83

Artículo 83. Licencia de vacaciones y enfermedad

Last amended: 2004Year: 2004Length: 51 wordsOfficial source
Los fiscales y procuradores tienen derecho a acumular y disfrutar licencia de vacaciones y de enfermedad de conformidad con las normas aplicables a los empleados del Departamento. El Secretario adoptará mediante reglamento el procedimiento relativo a la concesión, disfrute y liquidación de las licencias de vacaciones y enfermedad establecidas por ley.
Ley 205-2004 art. 83: Artículo 83. Licencia de vacaciones y enfermedad | Justis AI