PR Carta Circular Núm. S-11-573-1793

Experiencia de Pérdidas

Year: 1973Length: 271 wordsOfficial source
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan San Juan, Puerto Rico 00904 Carta Circular Núm. S-11-573-73 30 de noviembre de 1973 # A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, AGENTES GENERALES Y/O GERENTES DE ASEGURADORES EXTRANJEROS Estimados señores: El artículo 12.020(3) del Código de Seguros de Puerto Rico faculta al Secretario de Hacienda a gestionar y contratar los seguros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus corporaciones, autoridades y municipios. Este a su vez ha delegado la administración de esta disposición en el Negociado de Fianzas y Seguros Públicos del Departamento de Hacienda. Para poder llevar a cabo esta encomienda en forma efectiva el Negociado de Fianzas y Seguros Públicos descansa en gran medida en la información de la experiencia de pérdidas de los distintos riesgos asegurados que le someten los aseguradores o sus representantes. Sin embargo, hemos sido informados que algunas compañías de seguros o sus agentes generales no someten la información estadística requerida. Esto indudablemente afecta adversamente el buen funcionamiento en la contratación de los seguros de gobierno. Por lo tanto, deseamos exhortar a todos aquellos aseguradores que emiten seguros cubriendo riesgos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a que den estricto cumplimiento a los requerimientos de experiencia de pérdidas hechos por el Negociado de Fianzas y Seguros Públicos. Hemos acordado con dicho Negociado el que se nos someta el nombre de aquellos aseguradores o representantes que no cumplen con este requerimiento para proceder a imponerles las sanciones que en ley procedan. Esperamos su más decidida cooperación a estos efectos. Cordialmente, Carlos R. Ríos Comisionado de Seguros
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