PR Carta Circular Núm. S-2-803-80
Personas autorizadas a refrendar pólizas

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
8 de febrero de 1980
Carta Circular Núm. S-2-803-80
A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS Y A TODOS
LOS AGENTES GENERALES Y GERENTES DE ASEGURADORES
EXTRANJEROS
Re: Personas autorizadas a
refrendar pólizas
Estimados señores:
En vista de la serie de consultas que hemos tenido sobre
nuestra Carta Circular Núm. S-12-789-79 del 28 de diciembre
de 1979, entendemos conveniente celebrar una reunión en nuestra
Oficina, de suerte que se puedan aclarar todas las dudas al
respecto. La referida reunión se celebrará el 21 de febrero
de 1980 a las 9:30 A.M. en el Salón de Audiencias de la Oficina
del Comisionado de Seguros localizada en el Edificio Intendente
Alejandro Ramírez, Paseo Covadonga, San Juan, Puerto Rico.
De estar interesados en este asunto o de tener alguna duda
al respecto, agradeceremos envíe un representante a dicha reunión.
Como siempre, nos reiteramos a sus órdenes.
Cordialmente,
Juan Antonio García
Subcomisionado de Seguros
Apartado 3508 - Estación Viejo San Juan - San Juan, Puerto Rico 00904