PR Carta Circular Núm. T-2-667-76
Renovación de licencia
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
Carta Circular Núm. T-2-667-76
13 de febrero de 1976
# A TODOS LOS AJUSTADORES DE SEGUROS
El Artículo 9.420 del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de cada año se pagará al Comisionado de Seguros el derecho por cada licencia cuya renovación se desee.
Acompañamos el modelo OCR-4 que usted deberá completar antes del 30 de abril de 1976 a fin de renovar su licencia para el año fiscal 1976-77.
Cordialmente,
Máximo Sebastián Nicol
Jefe, División Técnica
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
FECHA
# AL HONORABLE COMISIONADO DE SEGUROS
Acompaño giro o cheque certificado por $_______ pagadero al Secretario de Hacienda de Puerto Rico en pago del derecho de renovación de mi licencia de Ajustador Independiente para el año fiscal 1976-77.
Deseo informarle que, como Ajustador Independiente, trabajo por mi cuenta o en el Departamento de Reclamaciones de la siguiente compañía de seguros o agente general.
o en la siguiente firma de Ajustadores
1. Si es licencia individual:
Nombre
Apellido paterno, materno, nombre Núm. Seg. Social
Número de la licencia
Dirección Tel.
2. Si es Corporación:
Nombre de la Corporación
Núm. Seguro Social de la Corporación
Dirección
3. Nombre y Seguro Social de personas que actúan a nombre de la Corp.
S.S.
S.S.
S.S.
NOTA: Envíe este formulario en original y dos copias con los derechos correspondientes.
OCR-4