PR Carta Circular Núm. T-2-695-77
Renovación de licencia
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
Carta Circular Núm. T-2-695-77
8 de febrero de 1977
# A TODOS LOS AJUSTADORES DE SEGUROS
El Artículo 9.420 del Código de Seguros de Puerto Rico
dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de
cada año se pagará al Comisionado de Seguros el derecho
por cada licencia cuya renovación se desee.
Acompañamos el modelo OCR-4 que usted deberá completar
antes del 30 de abril de 1977 a fin de renovar su
licencia para el año fiscal 1977-78.
Cordialmente,
Máximo Sebastian Nicol
Jefe, Division Técnica
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3508 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
FECHA
# AL HONORABLE COMISIONADO DE SEGUROS
Acompaño giro o cheque certificado por $____, pagadero al Secretario de Hacienda de Puerto Rico en pago del derecho de renovación de mi licencia de Ajustador Independiente para el año fiscal 1977-78.
Deseo informarle que, como Ajustador Independiente, trabajo por mi cuenta o en el Departamento de Reclamaciones de la siguiente compañía de seguros o agente general.
o en la Siguiente firma de Ajustadores
1. Si es licencia individual:
Nombre
Apellido paterno, materno, nombre Núm. Seg. Social
Número de la licencia
Dirección Tel.
2. Si es Corporación:
Nombre de la Corporación
Núm. Seguro Social de la Corporación
Dirección
3. Nombre y Seguro Social de personas que actúan a nombre de la Corp.
S.S.
S.S.
S.S.
NOTA: Envíe este formulario en original y dos copias con los derechos correspondientes.
OCR-4