PR Carta Circular Núm. T-4-401-67

Renovación de licencia

Year: 1967Length: 1,016 wordsOfficial source
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Apartado 11217 - Est. Fdez. Juncos Santurce, Puerto Rico 00910 Carta Circular Núm. T-4-401-67 18 de abril de 1967 # A LOS AGENTES GENERALES, GERENTES Y COMPAÑIAS DEL PAIS Estimados señores: El Artículo 9.420 del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que antes de la medianoche del 30 de junio de cada año se pagará al Comisionado de Seguros el derecho por cada licencia cuya renovación se desee. A fin de iniciar la labor de renovación de licencias con tiempo suficiente para que todo el personal tenga sus nuevos certificados al comenzar el año fiscal 1967-68, es necesario que en o antes del 15 de mayo de 1967 se nos envíe una lista de las licencias cuya renovación se interesa, ya que no se proveerá ningún formulario especial para solicitud de renovaciones. Dicha lista deberá someterse en ORDEN ALFABETICO del primer apellido seguido del segundo apellido y luego el nombre. Para mayor control del pago de los derechos, que deberán enviarse con la lista, hemos decidido que la lista que habrán de someter los agentes generales o gerentes de compañías extranjeras incluyan las siguientes solicitudes de renovación: Licencia de sus representadas " " Agente General por cada representada " " Apoderado de sus representadas, si los hubiere, y " " Agentes de cada representada El derecho por licencias, de acuerdo con el Artículo 7.010 del Código de Seguros, es como sigue: | Compañía | $100 | | --- | --- | | Agente General | 15 (por cada compañía representada) | | Apoderado | 5 " " " " | | Agente | 3 " " " " | | Solicitador | 2 | | Duplicado de licencias | 1 | | Gerente | 0 | Favor de seguir las siguientes instrucciones al preparar su lista: 1. Aquellos agentes generales que poseen además licencia de agente y que, a virtud de esta licencia de agente, tengan solicitadores, deberán solicitar también la renovación de las licencias de sus solicitadores. - 2 - Carta Circular Núm. T-4-401-67 18 de abril de 1967 2. Los agentes generales y gerentes que posean, además, licencias de agente de sus representadas deben solicitar además la renovación de su licencia de agente, si es que desean gestionarNegocios para las compañero que representen como agente general o gerente. 3. En aquellos casos en que hubiere más de un agente general representando a una misma compañero los agentes generales deben ponerse de acuerdo para determinar quién pagar la licencia de sus representadas y el除外 agente general que desee un duplicates de la licencia de la compañero deberá indicárnoslo asi en la lista y enviar el derecho correspondiente. El derecho por cualquier duplicado de licencia es $1.00. 4. Como posiblemente se expidan的一些 licencias nuevas afterwards del 15 de mayo de 1967, por lo que estas no estarán incluidas en la lista que se someta a esta Fecha,ould someterse una lista adicional al 15 de junio de 1967. 5. Al solicitar la renovacion de las licencias de agentes es necessario que se indique el nombre de la compañero a ser representada ya que pueda darse el caso que un agente representa una o的一些, y no todas, las compañero representadas por un mesmo agente general que representa a mas de una compañero. Bajo el nombre de cada productor deben indicarse todas y cada una de las compañero representadas por cada productor al momento de prepararse la lista, por exemple: COMPAÑIAS | Agentes | Ins. Co. of P. R. | Great American Ins. | P. R. & Am. | | --- | --- | --- | --- | | Ortiz Pérez, Juan | X | X | X | | Pagán Rivera, Luis | X | X | | | Rodríguez Ramos, Agustín | X | | | 6. No debe incluirse en la lista a nadie cuya licencia no haya sido expedida a工程技术 del agente general que somete la lista y cuya licencia regular no está en vigor al momento de prepararse la lista. No incluya en la lista a personas con licencias provisionales o que estén pendentes de examinarse. Tout licencia nuevo debentramitarse como un caso separado llenando el formulario de solicitudes correspondiente. 7. PorSeparated estamos comunicandonos con los agentes que tienen solicitadores para que ellos envien las solicitudes de renovacion de sus solicitadores. Si, como ya dijimos, un agente general posee ademas licencia de agente yiene solicitadores, deben incluir sus solicitadores en la lista general que envie. 8. Las compañero del País someterán sus propias listas, a menos que deleguen en sus agentes generales, si los hubiere. 9. El pago de los derechos, que deben acompañarse con la lista, deben hacerse en cheque o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico a工程技术 de esta-oficina. Rogamos no envien sellos de rentas internas para这些东西 conceptos. Es conveniente que el pago se haga engloado en un solo giro o cheque. - 3 - Carta Circular Núm. T-4-401-67 18 de abril de 1967 10. Las sociedades y corporaciones tendrán en cuenta lo dispuesto en el Artículo 9.160(1) del Código de Seguros en cuanto al derecho adicional que habrá de pagarse cuando más de tres personas aparecen en la licencia de agente como autorizadas para actuar a nombre de la entidad. 11. Toda solicitud de renovación que se reciba después del 1ro. de julio de 1967 se hará efectiva a la fecha en que se reciba el pago. No se renovarán licencias con fecha retroactiva al 1 de julio. Entenderemos que no se desea renovar una licencia si la solicitud de renovación no se recibe antes de la fecha de expiración de la misma. Volvemos a recordarles que las listas deberán enviarse siguiendo el ORDEN ALFABETICO del primer apellido seguido del segundo apellido y luego el nombre según aparece en las licencias que se hayan expedido. Bajo ninguna circunstancia aceptaremos listas que no se sometan en orden alfabético y sin indicación de los dos apellidos o en las cuales no se hayan seguido las demás instrucciones aquí contenidas. Cordialmente, Jorge Soto García Comisionado de Seguros
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