PR Carta Circular Núm. T-6-551-73

Cobro de presentación, licencias y otros

Year: 1973Length: 285 wordsOfficial source
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Apartado 3508-Estación Viejo San Juan San Juan, Puerto Rico 00904 Carta Circular T-6-551-73 18 de junio de 1973 # A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, AGENTES GENERALES Y GERENTES La Ley 98 del 5 de junio de 1973, enmendó las disposiciones del Artículo 7.010 del Código de Seguros sobre derechos de presentación, licencias y otros. En virtud de dicha legislación, el Comisionado cobrará por adelantado los derechos que a continuación se indican: (1) Certificado de autoridad como asegurador, autorización original o renovación, expedición $500.00 (2) Licencia de Agente General, al año, por asegurador representado $100.00 (3) Licencia de Agente, al año, por asegurador representado $25.00 Licencia provisional por asegurador representado $10.00 (4) Licencia de solicitador, al año $15.00 (5) Licencia de Ajustador: (a) Ajustador Independiente, al año $100.00 (b) Ajustador Público, al año $100.00 (6) Examen para licencias: (a) Corredor $25.00 (b) Agente $10.00 (c) Solicitador $10.00 (d) Ajustador $25.00 (7) Agente No Residente, al año, por todos los aseguradores representados $200.00 (8) Licencia de Apoderado del asegurador que no sea de recíproco o del Lloyd al año $50.00 Se le requiere que en o antes del 1 de julio de 1973, nos envíen los derechos anteriormente expresados acompañados de una lista revisada de las licencias a ser expedidas por esta Oficina. -2- De considerar esta Oficina que algunas de las licencias solicitadas no cualifican para su expedición, o se han enviado los derechos en exceso de lo requerido, procederemos a efectuar el correspondiente reintegro. De haber enviado algún derecho deben remitir a esta Oficina la diferencia que corresponda en virtud de la legislación anteriormente expresada. Cordialmente, Juan Antonio García Comisionado de Seguros, Interino
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