PR Carta Normativa Núm. 2012-136-D
Contratación de Administrador o Tercer Administrador
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GOBIERNO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
14 de febrero de 2012
# CARTA NORMATIVA NÚM.: 2012-136-D
A TODOS LOS ASEGURADORES ACREDITADOS A SUSCRIBIR NEGOCIOS DE SEGUROS EN PUERTO RICO
# CONTRATACIÓN DE ADMINISTRADOR O TERCER ADMINISTRADOR
Estimados señoras y señores:
La industria de seguros en Puerto Rico, así como de otras jurisdicciones, se ha nutrido de los servicios que ofrecen los administradores o terceros administradores. Dichas entidades se dedican, ya sea de forma directa o indirecta, a colaborar en las funciones correspondientes a los aseguradores u organizaciones de servicios de salud, que pueden incluir sin limitarse a cobrar primas, realizar ajustes, tramitar reclamaciones, así como realizar cualesquiera otras funciones contratadas con el asegurado, u organización de servicios de salud.
Dicha figura del administrador o tercer administrador ha cobrado gran relevancia en la industria de seguros, toda vez que realizan funciones que para su magnitud y complejidad y tecnicismo resulta conveniente subcontratar por un asegurador por ser más costo efectivo para este último.
Dado que cada día prolifera más la contratación en la industria de seguros de la figura del administrador o un tercer administrador, y a los fines de llevar un registro único y adecuado de tales entidades, resulta menester que todos aquellos aseguradores u organizaciones de servicios de salud que mantengan contratos, o se propongan contratar con un administrador o tercer administrador, pertenezca o no éste a la misma matriz o subsidiaria del asegurador u organización de servicios de salud, cumplimente el formulario de información que se acompaña junto a esta Carta Normativa.
PUERTO RICO
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Tel: (787) 304-8686 • Fax: (787) 273-6082
www.ocs.gobierno.pr
PUERTO RICO
VERDE
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Dicha información deberá ser sometida a esta Oficina dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la emisión de esta Carta Normativa, por lo que se ordena el cumplimiento.
Cordialmente,
Ramón L. Cruz-Colón, CPCU, ARe, AU
Comisionado de Seguros