PR Carta Circular Núm. CC-2015-1868-D
Aclaración sobre definición de grupo aplicable en Puerto Rico
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
24 de noviembre de 2015
# CARTA CIRCULAR: CC-2015-1868-D
A TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SEGUROS DE SALUD Y ASEGURADORES QUE SUSCRIBEN PLANES MÉDICOS EN PUERTO RICO QUE NO SEAN MEDICARE ADVANTAGE O PLANES SUPLEMENTARIOS A MEDICARE
# ACLARACIÓN SOBRE DEFINICIÓN DE GRUPO APLICABLE EN PUERTO RICO
Estimados señoras y señores:
Varias personas se han comunicado con nuestra Oficina solicitando información sobre la definición de grupo que será aplicable en Puerto Rico para el año 2016 en virtud de la recién adopción de la Ley Pública 114-60 mejor conocida como “Protecting Affordable Coverage for Employees Act” (“PACE”).
La Ley PACE enmienda la sección 1304 (b) del Affordable Care Act y la sección 2791(e) del Public Health Service Act para continuar con la definición de grupo pequeño que incluye a los patronos que hayan empleado un promedio de hasta cincuenta (50) empleados en días laborables durante el año calendario anterior. No obstante, PACE concede discreción a los estados y a las distintas jurisdicciones para decidir si desean conservar la definición original de grupo pequeño mediante la cual se disponía que a partir del 1ero de enero de 2016, se considerarían como grupos pequeños aquellos patronos que tuvieran hasta cien (100) empleados.
El Código de Seguros de Salud de Puerto Rico dispone que a partir del 1ero de enero de 2016, serán considerados como grupos grandes aquellos patronos que tengan más de cien (100) empleados. Además, las tarifas para los planes médicos de los grupos pequeños (“PYMES”) para el 2016 ya fueron aprobadas, tomando en consideración la definición antes mencionada, y las mismas están en vigor desde el 1ero de octubre del año en curso. Por tanto, nuestra Oficina continuará con la definición de grupos pequeños que entraría en vigor en el 2016 y serán considerados como grupos pequeños
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aquellos patronos que tengan de dos (2) a cien (100) empleados. Aclaramos que los grupos de cincuenta (50) a cien (100) empleados serán considerados como un grupo pequeño al momento de la renovación de su plan médico.
Cordialmente,
Ángela Weyne-Roig
Comisionada de Seguros