PR Carta Normativa Núm. CN-2014-181-EX

Enmienda al Modelo de Circulación de Riesgos OCSR28(C) para Nuevos Negocios y Renovaciones, y Norma Sobre el Periodo de Vigencia de la Circulación de Riesgos

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[LOGO] ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS 11 de julio de 2014 # CARTA NORMATIVA NÚMERO: CN-2014-181-EX A TODO ASEGURADOR AUTORIZADO EN PUERTO RICO, AGENTE GENERAL, GERENTE, PRODUCTOR, REPRESENTANTE AUTORIZADO Y CORREDOR DE LÍNEAS EXCEDENTES ENMIENDA AL MODELO DE CIRCULACIÓN DE RIESGOS OCSR28(C) PARA NUEVOS NEGOCIOS Y RENOVACIONES, Y NORMA SOBRE EL PERIODO DE VIGENCIA DE LA CIRCULACIÓN DE RIESGOS Estimados señoras y señores: El Artículo 10.070 del Código de Seguros de Puerto Rico, define los riesgos de líneas excedentes como aquella parte o la totalidad de una cubierta de seguro que no pueda obtenerse de aseguradores autorizados a realizar negocios en Puerto Rico, y permite que bajo ciertas circunstancias, los mismos sean colocados con aseguradores elegibles de líneas excedentes. Con el propósito de fiscalizar el fiel cumplimiento con las disposiciones del referido artículo, la Oficina del Comisionado de Seguros ("OCS"), promulga una nueva versión del formulario OCSR28(C) donde constará la contestación del asegurador autorizado. Adjunto encontrará la Forma OCSR28(C) (versión 7-2014), la cual será la única forma que podrá utilizarse para estos fines a partir del 1 de septiembre de 2014. Además de varios cambios de forma, el nuevo formulario contiene un nuevo inciso número dos e información adicional en la sección a ser completada por el asegurador autorizado. En esta sección, el asegurador autorizado o aquella persona en la cual éste haya delegado tales funciones notificará por correo electrónico al corredor de líneas excedentes y a la OCS su determinación de aceptar, evaluar o rechazar el riesgo circulado. El correo electrónico designado por la OCS para estos fines es: surpluslines@ocs.gobierno.pr, y el correo electrónico del corredor de líneas excedentes constará en el formulario. Todo asegurador autorizado que reciba el formulario OCSR28(C) - 7/2014 como parte del proceso de circulación de riesgo tienen el deber de llenarlo y enviarlo por correo electrónico dentro del periodo de cinco días de haberlo recibido, indistintamente si acepta, rechaza o tienen interés en evaluar el riesgo. Del asegurador no cumplir con esta obligación dentro del término de 5 días, se entenderá que ha rechazado suscribir el riesgo. B5 Tabonuco Street, Suite 216 • PMB 356 • Guaynabo, PR 00968-3029 Tel.: (787) 304-8686 • Fax: (787) 273-6082 • www.ocs.gobierno.pr En aquellos casos donde el asegurador indique estar interesado en evaluar o aceptar el riesgo, éste deberá junto con dicha contestación, requerir al corredor la información necesaria para evaluarlo y dentro del mismo término de cinco días, notificar su determinación final de aceptar o rechazar el riesgo utilizando el mismo formulario. Por su parte, el corredor de líneas excedentes proveerá diligentemente la información solicitada por el asegurador autorizado o su representante de manera tal que se pueda razonablemente culminar todo el proceso dentro del término de 5 días dispuesto en la ley. Del corredor de líneas excedentes no cumplir con esta obligación, se entenderá como un incumplimiento con la presente carta normativa, y el riesgo no se tendrá por rechazado hasta tanto se provea la información y el asegurador haya tenido oportunidad razonable para evaluarla y contestar. Se advierte además, que el Corredor de líneas excedentes deberá circular el riesgo con por lo menos, 10 días de antelación a la fecha en que entraría en vigor la póliza. Además, en aquellos casos en que el riesgo se haya circulado y no se haya colocado dentro del periodo de vigencia de las cotizaciones emitidas por los aseguradores autorizados, el corredor de líneas excedentes vendrá obligado a circular nuevamente el riesgo a través del centro de circulación de la OCS. De haber sido rechazado el riesgo o no haberse recibido contestación alguna de los aseguradores autorizados, el corredor vendrá obligado a circular el riesgo nuevamente si han transcurrido 60 días contados a partir de la fecha de circulación original. Esta carta sustituye la Carta Normativa CN-2013-165-EX, incluyendo el formulario allí promulgado. Se deberá dar estricto cumplimiento con lo aquí requerido. Y se advierte además, que todo regulado de la OCS y sus representantes deberán mantener la documentación necesaria para evidenciar el cumplimiento con esta carta. Cordialmente, Ángela Weyne Roig Comisionada de Seguros Anejo [LOGO] ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS ### A LOS ASEGURADORES Y A LOS AGENTES GENERALES O GERENTES DE ASEGURADORES AUTORIZADOS EN PUERTO RICO A SUSCRIBIR RIESGOS DE LA CLASE DESCRITA EN ESTA COMUNICACIÓN De conformidad con el Artículo 10.070 del Código de Seguros de Puerto Rico y de la Regla XXVIII del Reglamento de dicho Código, (Nombre del Corredor de Líneas Excedentes) que solicita le informe si su asegurador estaría dispuesto a aceptar el siguiente riesgo: 1. Nombre y dirección del prospecto asegurado: 2. Riesgo que se intenta colocar: NUEVO RENOVACIÓN * Indique la fecha de vigencia (Mes / Día / Año) 3. Identifique la Clase de Seguro: ☐ Propiedad ☐ Contra Siniestros Marítimo y de Transportación ☐ Contra Accidentes ☐ Impericia Médica ☐ Profesionales de los Servicios de Salud ☐ Institución de Cuidado de Salud ☐ Otros: ☐ Incapacidad ☐ Otros: 4. Descripción del riesgo: 5. Límites de Cubierta: De tener alguna pregunta o duda sobre este riesgo, favor dirigirse a (Nombre de la Persona Contacto) , a través de la siguiente dirección electrónica o del teléfono número Dentro del periodo de cinco (5) días laborables de haber recibido este documento, todo asegurador llenará la parte inferior del mismo y vendrá obligado a enviarlo a las dos (2) direcciones de correos electrónicos que se presentan a continuación: Corredor de Líneas Excedentes: Centro de Circulación de Riesgos Líneas Excedentes (OCS) : surpluslines@ocs.gobierno.pr ### PARA USO DEL ASEGURADOR Nombre del Asegurador Interesado Aceptado Rechazado Persona Contacto Teléfono Comentarios: Formulario: OCSR28(C) - 07/2014
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