PR Carta Normativa Núm. CN-2020-284-D
Re: Aplazamiento de la Entrada en Vigor de la Carta Normativa CN-2020-281-D; Pólizas de Propiedad para Condominios y para Apartamentos en Condominios
1 de julio de 2020
CARTA NORMATIVA NÚM.: CN-2020-284-D
A TODOS LOS ASEGURADORES AUTORIZADOS A SUSCRIBIR SEGUROS DE
PROPIEDAD Y CONTINGENCIA EN PUERTO RICO, SUS AGENTES GENERALES,
REPRESENTANTES AUTORIZADOS, PRODUCTORES, ORGANISMOS TARIFADORES
Y PÚBLICO EN GENERAL.
RE: APLAZAMIENTO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA CARTA NORMATIVA CN-
2020-281-D;
PÓLIZAS
DE
PROPIEDAD
PARA
CONDOMINIOS
Y
PARA
APARTAMENTOS EN
CONDOMINIOS.
Estimados señores y señoras:
El 25 de junio de 2020, nuestra Oficina emitió la Carta Normativa Núm. CN-2020-281-D, con el
propósito de enmendar varias de las disposiciones contenidas en la Carta Normativa Núm.: N-AP-
8-75-2006, a los fines de aclarar algunas de las normas allí dispuestas sobre la tramitación de Pólizas
de Propiedad para Condominios y para Apartamentos en Condominios.
En lo pertinente, la Carta Normativa Núm. CN-2020-281-D dispuso que las enmiendas establecidas
mediante dicha carta normativa entrarían en vigor con fecha de efectividad del 1ero de julio de
2020, en adelante, en toda póliza comunal y de apartamento, ya bien sean renovaciones o pólizas
nuevas. Por la presente, se notifica que la fecha de entrada en vigor de la referida Carta Normativa
Núm. CN-2020-281-D queda aplazada y su vigencia comenzará a regir a partir de 1 de agosto de
2020, en lugar de 1 de julio de 2020.
Con efectividad del 1 de agosto de 2020, en adelante, se requerirá el estricto cumplimiento con las
normas establecidas en la Carta Normativa Núm. CN-2020-281-D, para toda póliza comunal y de
apartamento, ya bien sean renovaciones o pólizas nuevas.
Cordialmente,
Lcdo. Rafael Cestero Lopategui, CIC
Subcomisionado de Seguros