PR Carta Normativa Núm. CN-2023-335-D

Orden Ejecutiva OE-2023-12, 11 mayo 2023, Poniendo Fin al Estado de Emergencia Declarado a Consecuencia del Coronavirus, y Derogación de Cartas Normativas CN-2020-(265, 268, 269, 270, 271, 274, 278, 279, 289)-D, CN-2021-(292, 301)-D, CN-2022-315-AS. Modificada Caso Núm. KLRA-2023-0276

RescindedYear: 2023Length: 518 wordsOfficial source
GOBIERNO DE PUERTO RICO OCS Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico 12 de mayo de 2023 # CARTA NORMATIVA NÚM. CN-2023-335-D A TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD Y ASEGURADORES DE SALUD AUTORIZADOS A SUSCRIBIR PLANES MÉDICOS COMERCIALES EN PUERTO RICO. ORDEN EJECUTIVA NÚM. OE-2023-12 DE 11 DE MAYO DE 2023, PONIENDO FIN AL ESTADO DE EMERGENCIA DECLARADO A CONSECUENCIA DEL CORONAVIRUS (COVID-19), Y DEROGACIÓN DE LAS CARTAS NORMATIVAS CN-2020-265-D, CN-2020-268-D, CN-2020-269-D, CN-2020-270-D, CN-2020-271-D, CN-2020-274-D, CN-2020-278-D, CN-2020-279-D, CN-2020-289-D, CN-2021-292-D, CN-2021-301-D, CN-2022-315-AS. Estimados señores y señoras: El 10 de abril de 2023, el presidente de los Estados Unidos, Joseph R. Biden Jr., convirtió en ley el H.J.Res.7 terminando así el estado de emergencia nacional con respecto a la pandemia a causa de la enfermedad producida por el coronavirus COVID-19.¹ En vista de ello, el 11 de mayo de 2023, el Gobernador de Puerto Rico, Hon. Pedro Pierluisi Urrutia, firmó la Orden Ejecutiva Núm. OE-2023-12, mediante la cual puso fin al estado de emergencia declarado en Puerto Rico a causa del coronavirus (COVID-19). En consecuencia, por la presente se notifica que quedan sin efecto las Cartas Normativas Núm. CN-2020-265-D, CN-2020-268-D, CN-2020-269-D, CN-2020-270-D, CN-2020-271-D, CN-2020-274-D, CN-2020-278-D, CN-2020-279-D, CN-2020-289-D, CN-2021-292-D, CN-2021-301-D y CN-2022-315-AS, en cuanto al momento no habían sido expresamente dejadas sin efecto por nuestra Oficina. Es menester precisar que la Ley 43-2020 conocida como la “Ley para Combatir el COVID-19”, que estableció, entre otras cosas, la prohibición a los aseguradores de planes médicos y organizaciones de servicios de salud del cobro de copago, deducible, pre-autorizaciones o referidos al ciudadano de todo cuidado médico, estudio, análisis, diagnóstico y tratamiento para combatir el COVID-19, y el derecho de los proveedores de recibir el pago y/o reembolso por parte de aseguradores, organizaciones de servicios de salud, PBMs o terceros administradores de todos los costos relacionados al diagnóstico y tratamiento del COVID-19, continúa vigente. De igual forma, es menester precisar que, aun cuando la tarifa que establece la CN-2020-279-D queda sin efecto, el código D1999 (unspecified preventive procedure) en la cubierta dental de ¹ Public Law No. 118-3 (04/10/2023) Calle Calaf 361 . P.O. Box 195415 . San Juan, PR 00919 · Teléfono 787-304.8686 · Fax 787.273.6082 · www.ocs.pr.gov CN-2023-335-D Página 2 planes médicos comerciales, que atiende la necesidad del proveedor de salud dental de contar con equipo de protección personal para atender a los pacientes, debe ser reconocido para pago. Por tanto, en adelante, todo asegurador de planes médicos y organización de seguros de salud debe acordar la tarifa correspondiente al código D1999 y procurar que ésta sea notificada, justa y negociada con el proveedor participante. Además, la Ley 48-2020 conocida como la “Ley para Regular la Ciberterapia en Puerto Rico”, y la Ley 168-2018, según enmendada por Ley 68-2020, conocida como la “Ley para el uso de la Telemedicina y la Telesalud en Puerto Rico”, continúan en vigor por lo que se requiere a los aseguradores de planes médicos y organizaciones de servicios de salud su observancia. Se requiere el estricto cumplimiento con la presente Carta Normativa. Cordialmente, Lcdo. Alexander S. Adams Vega Comisionado de Seguros de Puerto Rico
PR Carta Normativa Núm. CN-2023-335-D: Orden Ejecutiva OE-2023-12, 11 mayo 2023, Poniendo Fin al Estado de Emergencia Declarado a Consecuencia del Coronavirus, y Derogación de Cartas Normativas CN-2020-(265, 268, 269, 270, 271, 274, 278, 279, 289)-D, CN-2021-(292, 301)-D, CN-2022-315-AS. Modificada Caso Núm. KLRA-2023-0276 | Justis AI