PR Carta Normativa Núm. N-E-9-109-99
Manual de prácticas y procedimientos de contabilidad adoptado por la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros
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Gobierno de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
15 de septiembre de 1999
Carta Normativa Número: N-E-9-109-99
### A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD Y ASOCIACIONES CON FINES NO PECUNIARIOS
Asunto: Manual de Prácticas y Procedimientos de Contabilidad Adoptado por la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros
Estimados señores:
La Asociación Nacional de Comisionados de Seguros, “NAIC” por sus siglas en inglés, adoptó en diciembre de 1998, el Manual de Prácticas y Procedimientos de Contabilidad (“el Manual”), para entrar en vigor el 1 de enero de 2001.
El Manual es el resultado de la investigación y análisis realizados durante años por diferentes comités y grupos de trabajo que se dieron a la tarea de identificar y desarrollar soluciones a los problemas contables de los aseguradores. En el mismo se consolidan los diferentes manuales de prácticas y procedimiento que hasta este momento se había estado utilizando.
El Manual establece los principios de contabilidad estatutaria de manera codificada con el propósito de que sirvan de guía tanto para los aseguradores y sus auditores, como para el regulador de la industria. No obstante, ninguno de los pronunciamientos contenidos en este manual tendrá el efecto de enmendar o derogar disposiciones existentes en el Código de Seguros de Puerto Rico, aunque en todo asunto que dicho Código guarde silencio, los principios, prácticas y procedimientos de contabilidad establecidos por el Manual constituirán la única fuente de autoridad.
Apartado 8330, Santurce, Puerto Rico 00910-8330
Tel. (787) 722-8686, Fax (787) 722-4400
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Deseamos establecer que cualquier determinación administrativa sobre alguna práctica, procedimiento o tratamiento contable emitida por esta Oficina, previo a la vigencia del Manual, quedará modificada prospectivamente por el contenido de éste, en la medida que exista alguna práctica o procedimiento dentro del manual que le sea aplicable a la situación en particular que dio motivo a la determinación administrativa.
Todo asegurador deberá tomar las medidas necesarias para que aquéllas personas que de alguna forma intervengan con las materias o asuntos contenidos en el Manual, tengan el suficiente conocimiento para aplicar correctamente los principios prácticas y procedimientos contables allí establecidos.
Se requiere el estricto cumplimiento con las directrices aquí impartidas.
Cordialmente,
Juan Antonio García
Comisionado de Seguros
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