PR Carta Circular Núm. CC-2017-1909-AS

Suspensión Temporera-Periodo de Suscripcón Garantizada

Year: 2017Length: 344 wordsOfficial source
B 5 C a l l e T a b o n u c o S u i t e 2 1 6  P M B 3 5 6  G u a y n a b o , P . R . 0 0 9 6 8 - 3 0 2 9  T e l . 7 8 7 . 3 0 4 . 8 6 8 6 F a x 7 8 7 . 2 7 3 . 6 0 8 2 w w w . o c s . p r . g o v GOBIERNO DE PUERTO RICO Oficina del Comisionado de Seguros 28 de septiembre de 2017 CARTA CIRCULAR NÚM. CC-2017-1909-AS A TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD O ASEGURADORES QUE SUSCRIBEN PLANES MÉDICOS EN EL MERCADO PRIVADO EN PUERTO RICO SUSPENSIÓN TEMPORERA-PERIODO DE SUSCRIPCIÓN GARANTIZADA Estimados señoras y señores: El Artículo 10.150 del Código de Seguros de Salud de Puerto Rico establece que toda organización de servicios de salud o asegurador permitirá, con sujeción a la legislación y reglamentación federal aplicable, que los individuos puedan suscribirse a los planes médicos individuales básicos que tengan disponibles para el mercado individual durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de cada año sin evaluación de riesgo (periodo de suscripción garantizada). Tomando en consideración la orden ejecutiva OE-2017-047 emitida por el Gobernador de Puerto Rico, Hon. Ricardo Rosselló Nevares el 17 de septiembre de 2017, declarando un estado de emergencia a consecuencia del impacto del huracán María, esta Oficina ha determinado suspender temporeramente el periodo establecido por ley, con el fin de que las organizaciones de servicios de salud o aseguradores regresen a sus operaciones normales, de manera que los consumidores cuenten con el tiempo necesario para suscribirse dentro del nuevo período de suscripción garantizada que esta Oficina determinará y notificará próximamente. El personal de la Oficina del Comisionado de Seguros reitera su compromiso con la industria de seguros y la protección del consumidor. Cordialmente, Javier Rivera Ríos, LUTFC Comisionado de Seguros
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