PR Carta Circular Núm. CC-2019-1945-D
Enmienda a la Radicación del Informe Anual de Negocio e Informe Anual de Empleos Directos Generados en Puerto Rico
B 5 C a l l e T a b o n u c o S u i t e 2 1 6 P M B 3 5 6 G u a y n a b o , P . R . 0 0 9 6 8 - 3 0 2 9
T e l . 7 8 7 . 3 0 4 . 8 6 8 6 F a x 7 8 7 . 2 7 3 . 6 0 8 2 w w w . o c s . p r . g o v
GOBIERNO DE PUERTO RICO
Oficina del Comisionado de Seguros
29 de marzo de 2019
CARTA CIRCULAR NÚMERO: CC-2019-1945-D-ENMENDADA
A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, ORGANIZACIONES DE SERVICIOS
DE SALUD, PRODUCTORES, REPRESENTANTES AUTOTIZADOS, AJUSTADORES,
AGENTES GENERALES, GERENTE, CORREDORES DE LÍNEAS EXCEDENTES,
APODERADOS Y CONSULTORES DE SEGUROS AUTORIZADOS EN PUERTO
RICO
ENMIENDA A LA RADICACIÓN DEL INFORME ANUAL DE NEGOCIO E INFORME
ANUAL DE EMPLEOS DIRECTOS GENERADOS EN PUERTO RICO
Estimados señoras y señores:
Esta Oficina emitió la Carta Circular CC-2019-1945-D del 28 de marzo de 2019, en la cual
estableció que debido a que se ha confrontado varios problemas con la disponibilidad del
informe anual de negocio correspondiente al año 2018 en el “Portal de Servicios en Líneas”, se
determinó que se extenderá la fecha límite hasta el 30 de abril de 2019, inclusive.
En dicha carta se hace referencia al Artículo 3.310(1) del Código de Seguros de Puerto Rico, en
vez de hacer referencia a la Carta Circular CC-2015-1857-AF del 18 de febrero de 2015, en la
cual se estableció el uso compulsorio del “Portal de Servicios en Líneas” a todos los
Aseguradores del País, Organizaciones de Servicios de Salud, Productores, Representantes
Autorizados, Ajustadores, Agentes Generales, Gerentes, Corredores de Líneas Excedentes,
Apoderados y Consultores de Seguros para radicar el Informe Anual de Negocios y/o Informe
Anual de Empleos Directos Generados en Puerto Rico.
Nos reiteramos que el informe anual de negocio e informe anual de empleos directos generados
en Puerto Rico se extiende su radicación hasta el 30 de abril de 2019.
Aclaramos que la fecha límite para radicar el informe anual de los aseguradores autorizados
sigue siendo la fecha límite antes del 31 de marzo de cada año.
Se requiere estricto cumplimiento con la presente carta.
Cordialmente,
Javier Rivera Ríos, LUTCF
Comisionado de Seguros