PR Carta Circular Núm. CC-2019-1945-D

Enmienda a la Radicación del Informe Anual de Negocio e Informe Anual de Empleos Directos Generados en Puerto Rico

Year: 2019Length: 395 wordsOfficial source
B 5 C a l l e T a b o n u c o S u i t e 2 1 6  P M B 3 5 6  G u a y n a b o , P . R . 0 0 9 6 8 - 3 0 2 9  T e l . 7 8 7 . 3 0 4 . 8 6 8 6 F a x 7 8 7 . 2 7 3 . 6 0 8 2 w w w . o c s . p r . g o v GOBIERNO DE PUERTO RICO Oficina del Comisionado de Seguros 29 de marzo de 2019 CARTA CIRCULAR NÚMERO: CC-2019-1945-D-ENMENDADA A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD, PRODUCTORES, REPRESENTANTES AUTOTIZADOS, AJUSTADORES, AGENTES GENERALES, GERENTE, CORREDORES DE LÍNEAS EXCEDENTES, APODERADOS Y CONSULTORES DE SEGUROS AUTORIZADOS EN PUERTO RICO ENMIENDA A LA RADICACIÓN DEL INFORME ANUAL DE NEGOCIO E INFORME ANUAL DE EMPLEOS DIRECTOS GENERADOS EN PUERTO RICO Estimados señoras y señores: Esta Oficina emitió la Carta Circular CC-2019-1945-D del 28 de marzo de 2019, en la cual estableció que debido a que se ha confrontado varios problemas con la disponibilidad del informe anual de negocio correspondiente al año 2018 en el “Portal de Servicios en Líneas”, se determinó que se extenderá la fecha límite hasta el 30 de abril de 2019, inclusive. En dicha carta se hace referencia al Artículo 3.310(1) del Código de Seguros de Puerto Rico, en vez de hacer referencia a la Carta Circular CC-2015-1857-AF del 18 de febrero de 2015, en la cual se estableció el uso compulsorio del “Portal de Servicios en Líneas” a todos los Aseguradores del País, Organizaciones de Servicios de Salud, Productores, Representantes Autorizados, Ajustadores, Agentes Generales, Gerentes, Corredores de Líneas Excedentes, Apoderados y Consultores de Seguros para radicar el Informe Anual de Negocios y/o Informe Anual de Empleos Directos Generados en Puerto Rico. Nos reiteramos que el informe anual de negocio e informe anual de empleos directos generados en Puerto Rico se extiende su radicación hasta el 30 de abril de 2019. Aclaramos que la fecha límite para radicar el informe anual de los aseguradores autorizados sigue siendo la fecha límite antes del 31 de marzo de cada año. Se requiere estricto cumplimiento con la presente carta. Cordialmente, Javier Rivera Ríos, LUTCF Comisionado de Seguros
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