PR Carta Circular Núm. CC-2024-2031-D

Obligación de Presentar su Informe Anual de Negocios de Seguros Dentro del Término Dispuesto en el Código de Seguros de Puerto Rico

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GOBIERNO DE PUERTO RICO OCS Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico 17 de enero de 2024 # CARTA CIRCULAR NÚM. CC-2024-2031-D # A TODOS LOS ASEGURADORES Y ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD DOMÉSTICOS AUTORIZADOS A HACER NEGOCIOS EN PUERTO RICO # OBLIGACIÓN DE PRESENTAR SU INFORME ANUAL DE NEGOCIOS DE SEGUROS DENTRO DEL TÉRMINO DISPUESTO EN EL CÓDIGO DE SEGUROS DE PUERTO RICO Estimados señores y señoras: Desde su adopción en el año 1957, la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como el Código de Seguros de Puerto Rico, requiere a cada asegurador autorizado en su Artículo 3.310 a presentar anualmente al Comisionado, antes del día 31 de marzo, un estado exacto de su situación económica y sus transacciones y negocios al 31 de diciembre precedente. Dicho estado de situación económica o informe anual de negocios de seguros deberá contener la información requerida por el Código de Seguros de Puerto Rico y por el Comisionado y deberá estar autenticado. Esta obligación se hizo extensiva específicamente a las organizaciones de servicios de salud en el Artículo 19.090 del Código de Seguros de Puerto Rico adoptado en el año 1976 por medio de la Ley Núm. 113 de 2 de junio de 1976. El informe anual es pieza clave para ejercer nuestra fiscalización sobre la solvencia financiera y el cumplimiento de los aseguradores y organizaciones de servicios de salud con sus obligaciones. Además, es por medio de dicho informe que esta Oficina obtiene información esencial para el análisis del comportamiento de la industria de seguros en Puerto Rico que le requiere informar al Gobernador y a la Rama Legislativa el Artículo 2.040(3) del Código de Seguros de Puerto Rico en o antes de 30 de junio de cada año. A pesar de conocer de esta obligación de ley, ha sido una práctica observada de algunos aseguradores y organización de servicios de salud autorizados el solicitar prórroga cada año para entregar su informe anual, con justificaciones que debieron haber sido atendidas con anticipación de forma responsable. Esta Oficina, mediante la presente, reitera a todos los aseguradores y organizaciones de servicios de salud su obligación de cumplir con la presentación a la Oficina del Comisionado de Seguros de su informe anual de negocios de seguros al 31 de diciembre precedente, antes del 31 de marzo de este año. Se apercibe que, salvo prueba de la ocurrencia de una situación extraordinaria, no se estará concediendo prórrogas para la presentación del informe anual. Por tanto, se exhorta a que Calle Calaf 361 . P.O. Box 195415 . San Juan, PR 00919 - Teléfono 787-304.8686 - Fax 787.273.6082 - www.ocs.pr.gov realicen los arreglos necesarios con tiempo y diligencia para cumplir con la presentación del informe anual dentro del plazo que establece la ley. Advertimos que aquellos que incumplan con su obligación de presentar su informe anual dentro del término requerido para ello que se exponen a la imposición de sanciones correspondientes. Cordialmente, Lcdo. Alexander S. Adams Vega Lcdo. Alexander S. Adams Vega Comisionado de Seguros de Puerto Rico 2
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