PR Carta Circular Núm. 91-1241-9-I-EC
Exámenes de comprobación de lectura

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
22 de octubre de 1991
Carta Circular Núm. EC-I-9-1241-91
A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, AGENTES GENERALES, GERENTES DE
DE LOS ASEGURADORES EXTRANJEROS Y AJUSTADORES, ASOCIACIONES DE
PROFESIONALES DE SEGUROS Y ENTIDADES EDUCATIVAS AUTORIZADAS A
OFRECER CURSOS Y SEMINARIOS DE EDUCACION CONTINUA EN SEGUROS
Asunto: Exámenes de Comprobación
de Lectura.
Estimados señores:
Hemos notado que algunas entidades auspiciadoras de cursos y
seminarios de Educación Continua, al someter a nuestra Oficina
los documentos necesarios para su evaluación incluyen exámenes de
comprobación de lectura con el propósito de que se les otorguen
horas crédito por éstos.
Esta situación no se ajusta a los requisitos establecidos
por la Regla LII del Reglamento del Código de Seguros de Puerto
Rico para el sometimiento de actividades según evaluación del
Comité Asesor de Acreditación, el cual luego de estudiar y
analizar esta situación recomendó no aceptar la acreditación de
los exámenes de comprobación de lectura.
Con el fin de aclarar esta situación, le informamos que a
partir de la fecha de esta carta, no se tomarán en consideración
los exámenes de comprobación de lectura al evaluar y otorgar
horas crédito a los seminarios y cursos que se sometan a nuestra
Oficina para aprobación.
Requerimos a los aseguradores, agentes generales y gerentes
de los aseguradores extranjeros que notifiquen el contenido de
esta carta a sus agentes. El incumplimiento de este requerimiento motivará la aplicación de las sanciones correspondientes
conforme a las disposiciones del Código de Seguros.
Atentamente,
Miguel A. Villafane Neriz
Comisionado de Seguros
Apartado 8330 - Estación Fdez Juncos - Santurce, Puerto Rico 00910 8330