PR Carta Circular Núm. AM-I-8-609-74
Regla XXXIX – Planes de mercadeo masivo
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
Apartado 3503 - Est. Viejo San Juan
San Juan, Puerto Rico 00904
Circular Letter #AM-I-3 609-74
23 de agosto de 1974
A TODOS LOS ASEGURADORES DOMESTICOS Y AGENTES GENERALES
Y/O GERENTES DE COMPAÑIAS EXTRANJERAS AUTORIZADAS A
SUSCRIBIR NEGOCIOS DE SEGUROS DE PROPIEDAD Y CONTINGENCIA
EN PUERTO RICO
Señores:
Con fecha 30 de julio de 1974, esta Oficina aprobó
una enmienda a la Regla XXXIX del Reglamento del Código
de Seguros de Puerto Rico. La regla tiene el propósito
de permitir la implementación en Puerto Rico de planes
de mercadeo masivo.
Esta regla entrará en vigor cinco días después de
haberse publicado en un periódico de circulación general
una vez en semana por dos semanas consecutivas. La fecha
de efectividad de la regla es el 24 de agosto de 1974.
Acompañamos una copia de dicha regla tanto en su
versión en español como en inglés. Agradeceremos pongan
en conocimiento de las mismas al personal interesado.
Cordialmente,
Carlos R. Ríos
Comisionado de Seguros
Anejo