PR Carta Circular Núm. C-12-215-58
Carta circular 3-185-58- del 7 de marzo de 1958
Commonwealth of Puerto Rico
OFFICE OF THE COMMISSIONER OF INSURANCE
P. O. Box 11217 - Fdez. Juncos Sta.
Carta circular C12-215-58
10 de diciembre de 1958
A TODOS LOS AGENTES GENERALES, COMPAÑIAS DE SEGUROS Y ORGANISMOS
TARIFADORES AUTORIZADOS EN PUERTO RICO
Estimados señores:
Nuestra carta circular 3-185-58 del 7 de marzo de 1958,
según enmendada por la carta circular 3-190-58 fechada 26 de
marzo de 1958, dispone que:
1. Todos los organismos tarifadores y todas las compañías
que no pertecén a un organismo tarifador deberán someter a la
Oficina del Comisionado de Seguros no más tarde del 30 de junio de
1959 un inventario de todos los formularios de pólizas utilizándose en Puerto Rico al 31 de diciembre de 1958.
2. En o antes del 30 de junio de 1959, todos los formularios enumerados en el número 1 antes mencionado tendrían que someterse en español a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto
Rico para la correspondiente aprobación.
3. Cualquier formulario de póliza sometido para aprobación
y recibido en la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico
después del 31 de diciembre de 1958 tendría que someterse en inglés y en español según las instrucciones contenidas en la Regla
XXIV de nuestro Reglamento.
Acompañamos una copia de la opinión emitida por nuestro
Departamento de Justicia el 7 de noviembre de 1958 en relación con
la presentación de formularios de pólizas en español y en inglés
para aprobación del Comisionado de Seguros.
A tenor con la opinión legal emitida, copia de la cual
incluímos, estamos por la presente suspendiendo temporalmente las
fechas de efectividad de los números 2 y 3 arriba indicados.
Los organismos tarifadores y las compañías que no pertenecen
a organismos tarifadores, incluyendo las compañías de Seguros de
Vida, deberán cumplir con el número 1 en lo concerniente a la presentación de un inventario de los formularios de pólizas que se
estuvieran utilizando en Puerto Rico al 31 de diciembre de 1958.
Carta Circular C12-215-58 -2- 10 de diciembre de 1958
Téngase presente que dicho inventario deberá estar en nuestra Oficina para el 30 de junio de 1959.
Se les avisará en un futuro cercano la acción final que tome esta Oficina en relación con los números 2 y 3 de esta carta circular.
Cordialmente,
Pablo J. López Castro
Comisionado
Anexo