PR Carta Circular Núm. C-SP-6-1750-2006
Renovación de certificado de autoridad
[LOGO]
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
12 de junio de 2006
CARTA CIRCULAR NÚM.: C-SP-6-1750-2006
A TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD
### RENOVACION DE CERTIFICADO DE AUTORIDAD
Estimados señoras y señores:
El Artículo 7.010(1) del Código de Seguros de Puerto Rico dispone que, como condición para quedar o continuar autorizado a gestionar o tramitar cualquier clase de seguro en Puerto Rico, las personas o entidades concernidas pagarán a la Oficina del Comisionado de Seguros ("OCS"), no más tarde del 30 de junio de cada año, las aportaciones correspondientes al tipo de licencia o autorización que posean.
En atención a lo anterior, y conforme al Artículo III (g) de la Regla LXXVII del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, la aportación anual que deberá pagar cada organización de servicios de salud será de $5,257.00. A estos efectos, y con el fin de que dichos certificados de autoridad queden renovados con vigencia del 1 de julio de 2006, es necesario que antes del 20 de junio de 2006, se complete y envíe a la OCS el formulario adjunto, acompañado de un cheque certificado o giro postal por la cantidad mencionada, pagadero al Secretario de Hacienda, y de un sobre manila tamaño carta pre-dirigido.
Les advertimos que toda solicitud que se reciba después del 30 de junio de 2006, no será considerada por la OCS para renovación, por lo que el solicitante deberá presentar una nueva solicitud de licencia de conformidad con el referido Código.
Se requiere el cumplimiento estricto con lo requerido en esta carta para la oportuna renovación de su certificado de autoridad.
Cordialmente,
Edward Rivera Maldonado
Edward Rivera Maldonado
Subcomisionado de Seguros
Anejo
Apartado 8330 • San Juan, Puerto Rico 00910-8330
Tel. (787) 722-8686 • Fax (787) 722-4400
www.ocs.gobierno.pr