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Regl. 3271, art. 28 — Cuando sean necesarias modificaciones estructurales a tenor con lo dispuesto en este Reglamento, toda entidad receptora someterá al Procurador, dentro de un periodo

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Regl. 3271, art. 28 — Cuando sean necesarias modificaciones estructurales a tenor con lo dispuesto en este Reglamento, toda entidad receptora someterá al Procurador, dentro de un periodo | Puerto Rico Regulations | Justis AI