Regl. 9316, art. 3-3.2

Contenido del sistema de Controles Internos

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Cite as Reglamento Núm. 9316, Art. 3-3.2

El sistema de controles internos del operador debe: A. Establecer y mantener una lista de eventos deportivos y eventos especiales en los que se pueden ofrecer apuestas deportivas. B. Establecer procedimientos y normas de seguridad para: 1) El registro de las apuestas, ganancias, y los ingresos e impuestos. 2) El mantenimiento de los Sistemas de Apuestas Deportivas y del equipo asociado utilizado en relación con la realización de las mismas. C. Describir los métodos utilizados por el operador para separar los fondos de los jugadores de los fondos operativos. D. Establecer los procedimientos que utilizará el operador: 1) En caso de mal funcionamiento del equipo utilizado en la realización de las Apuestas Deportivas. 2) Evitar que los menores de edad o Jugadores Prohibidos realicen Apuestas Deportivas. E. Describir las medidas utilizadas para determinar la auténtica identidad, fecha de nacimiento y dirección de cada jugador que desee abrir una cuenta. F. Describir los métodos que utilizará el operador para aceptar apuestas dentro de los límites permitidos. G. Establecer las normas y medidas utilizadas para el mantenimiento de los equipos de apuestas en el Local Autorizado. H. Incluir procesos adecuados para: 1) Impedir las retiradas no autorizadas de las cuentas de los jugadores por parte 92 REGLAMENTO DE APUESTAS DEPORTIVAS DE PUERTO RICO del Operador o de otros. 2) Cooperar con la Autoridad de Servicios de Salud Mental y Prevención de Adicciones (ASSMCA) para crear y establecer controles para identificar el juego compulsivo y ayudar a los jugadores con problemas de juego. 3) Aplicar y hacer cumplir las autolimitaciones y autoexclusiones solicitadas por los jugadores. 4) Supervisar las cuentas de los jugadores para evitar su uso indebido. 5) Detectar y prevenir el mal uso de los servidores proxy; 6) Controlar los periodos de apuestas; 7) Asegurar y documentar la integridad de los resultados durante la oferta de apuestas en juego. Las áreas indicativas a tener en cuenta son el tiempo de retraso, fuentes de los resultados, reversión de los resultados, etc. I. Establecer procedimientos para proveer un rápido acceso a la Comisión a todos los récords relacionados con la identidad, edad y ubicación de los jugadores en papel o en un formato electrónico estándar aceptable para la Comisión. J. Establecer, para cada uno de los puntos anteriores, el nivel del límite a partir del cual debe revisarse y documentarse una desviación para determinar la causa.
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