Regl. 9316, art. 7-7.6

Cuentas inactivas y cerradas

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Cite as Reglamento Núm. 9316, Art. 7-7.6

A. Se considera que una cuenta de jugador está inactiva después de que no haya tenido ninguna actividad iniciada por el jugador, como acceder a la cuenta del jugador, la realización de una apuesta, un ingreso en cuenta o la retirada de fondos durante un periodo de tres (3) años, como se especifica en los términos y condiciones. Se establecerán procedimientos para: 1) Proteger las cuentas inactivas que contengan fondos contra el acceso, cambios o eliminación no autorizados. 2) Gestionar los fondos no reclamados de cuentas inactivas, incluida la devolución de los fondos restantes al jugador cuando sea posible. 173 REGLAMENTO DE APUESTAS DEPORTIVAS DE PUERTO RICO 3) Cerrar una cuenta de jugador si el jugador no se ha conectado a la cuenta durante seis (6) meses consecutivos después de que haya quedado inactivo; y 4) Notificar al jugador que la cuenta ha sido cerrada cuando una cuenta ha sido cerrada por inactividad. B. Ningún operador podrá cobrar una tasa de administración o mantenimiento por una cuenta de jugador inactiva en ningún momento y por ningún motivo. C. Si una cuenta de jugador inactiva permanece sin reclamar durante tres años después de que los saldos sean exigibles o entregables al jugador, el operador presumirá que la cuenta está abandonada. Se aplicarán a estas cuentas las disposiciones de la Ley Núm. 36 de 28 de julio de 1989, según modificada, conocida como "Ley de dinero abandonado O no reclamado y otros activos líquidos".
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