Regl. 9316, art. 8-8.1

Apuestas deportivas y operaciones de cuenta en locales autorizados

Length: 329 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9316, Art. 8-8.1

Las Apuestas Deportivas pueden ser realizadas por los Operadores de Apuestas Deportivas físicamente en casinos, hoteles sin casinos, posadas, hipódromos, agencias de apuestas hípicas, galleras y cualquier otro lugar aprobado por la Comisión. 182 REGLAMENTO DE APUESTAS DEPORTIVAS DE PUERTO RICO A. Se puede acceder a las cuentas de los jugadores y/o realizar apuestas deportivas en un Local Aprobado desde un Quiosco, una Estación de venta de comprobantes u otras ubicaciones de caja. 1) El local autorizado puede utilizar la caja principal para aceptar apuestas deportivas utilizando dinero en efectivo, su equivalente en efectivo, boletos, fondos promocionales o utilizando los fondos de la cuenta del jugador. 2) Para la apuesta asistida, el Local Autorizado deberá implementar un método de autenticación que permita verificar las credenciales de autenticación del jugador, con las cuales se podrá acceder a la cuenta del jugador, desde la cual se realizará la apuesta para asegurar su registro con el mismo nivel de detalle que las demás apuestas. En este caso, el operador podrá emitir un boleto físico como prueba de la apuesta y verificar que ésta corresponde a la selección del jugador, antes de registrarla. 3) El pago de premios en el Local Autorizado se realizará en los términos previstos en la sección 5.7. 4) El Local Autorizado podrá utilizar la caja principal para el pago de las ganancias resultantes de las apuestas deportivas o de los retiros en la forma aprobada por el Director Ejecutivo. 5) Para los depósitos y retiros de fondos en el Local Autorizado, se podrá ofrecer asistencia, para lo cual se deberá acceder a la cuenta del jugador con el método de autenticación implementado en la subsección (2) y entregar un recibo como prueba de la transacción. 183 REGLAMENTO DE APUESTAS DEPORTIVAS DE PUERTO RICO B. La Comisión podrá emitir especificaciones adicionales para las apuestas deportivas y las transacciones de cuentas de jugadores que se produzcan en los locales autorizados y también podrá emitir dichos requisitos en forma de MICS.
Regl. 9316, art. 8-8.1: Apuestas deportivas y operaciones de cuenta en locales autorizados | Justis AI