Regl. 9317, art. 10-10.5

Informe de controversias a la Comisión

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Cite as Reglamento Núm. 9317, Art. 10-10.5

Todas las querellas recibidas por el operador de un jugador y las respuestas del operador a las querellas se pondrán a disposición de la Comisión en un plazo de diez días hábiles a partir de cualquier solicitud de la Comisión.
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